El derecho a la igualdad y la mujer
Según datos de la ONU, una de cada cinco mujeres afirma haber sido víctima de la violencia física o sexual, dentro del ámbito doméstico. En la actualidad, servicios básicos como el acceso a una educación, a una atención médica, a un trabajo decente o la representación en las decisiones políticas, sociales, culturales y económicas de los diferentes países no es un derecho universal, a pesar de estar recogido en la Carta de Declaración Universal de los Derechos Humanos. Es por ello que es básico impulsar la igualdad de las mujeres y de las niñas, por medio de las sociedades y de la humanidad, en su conjunto, para beneficiar en ese proceso a la sociedad y que asuman los desafíos e implicaciones que nos depara el nuevo siglo. Es una cuestión de justicia y de razón defender la Igualdad de Género entre la ciudadanía. Derribar las fronteras establecidas en los diferentes ámbitos donde se desarrollan las sociedades. Luchar en contra de la desigualdad en el plano laboral, en las conductas machistas en la vida cotidiana, micromachismos, en el deporte, en la publicidad, así como con la cosificación de la mujer, es crucial para alcanzar la igualdad real y efectiva.
Las Naciones Unidas tiene como eje prioritario centrar su labor en el desarrollo mundial en los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), creados recientemente y en los que las mujeres ocupan un papel indispensable. Estas prioridades tienen por finalidad el reconocimiento de la igualdad y del empoderamiento de la mujer como un factor inherente y de cohesión social y como parte de la respuesta ante la injusticia y la discriminación. El Objetivo Cinco del ODS es claro: «Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas». Y se lo conoce como el objetivo de género en sí mismo, puesto que su prioridad es alcanzar esos fines. Que no son otros que la igualdad y la justicia.
Tomando como referencia el marco establecido por el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica desarrollado en Estambul en el año dos mil once, se firmó el primer tratado internacional en el que se definió el concepto “De Género”. Donde se reconoce que las mujeres y los hombres no solo se diferencian por su sexo biológico, sino que también existe una categorización de género que está establecida socialmente y que asigna un determinado rol a las mujeres y los hombres, en lo que concierne a sus funciones y a sus comportamientos particulares. A través de los diferentes estudios realizados se ha constatado que ciertas actitudes, costumbres y conductas pueden contribuir a que la violencia contra la mujer se acepte y se imponga como un acto sistematizado.
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